Con efectos 1 de agosto de 2018, las personas beneficiarias de la pensión de viudedad que cumplan los requisitos siguientes:
- Tener más de 65 años.
- No tener derecho a otra pensión pública española o extranjera.
- No percibir ingresos por la realización de trabajos.
- No percibir rendimientos de capital, de actividades económicas o ganancias patrimoniales.
verán incrementada su pensión, ya que esta se determinará aplicando a la base reguladora que corresponda el porcentaje del 56% y a partir del 1 de enero de 2019 del 60%.
Esta medida es independiente de la subida adicional de las pensiones según dispone la Ley de Presupuestos Generales para 2018 con efectos retroactivos del 1 de enero de 2018.